RESICO
El RESICO (Régimen Simplificado de Confianza) es un régimen fiscal en México diseñado para simplificar el cumplimiento tributario de personas físicas con ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos.
¿Qué es el RESICO?
El Régimen Simplificado de Confianza es un régimen fiscal pensado para reducir la carga administrativa y tributaria de los contribuyentes más pequeños. Su principal atractivo son las tasas de ISR muy bajas (1% a 2.5%) y una contabilidad simplificada: el SAT calcula el impuesto a partir de las facturas emitidas, sin necesidad de determinar deducciones.
Características del RESICO
El RESICO ofrece ventajas claras frente a otros regímenes, pero también requisitos que conviene conocer:
- Tasas de ISR de 1% a 2.5% sobre los ingresos efectivamente cobrados.
- Límite de ingresos: hasta 3.5 millones de pesos anuales.
- No se aplican deducciones: el impuesto se calcula sobre el ingreso.
- Pagos mensuales con información precargada por el SAT; para personas físicas suelen ser definitivos y la declaración anual aplica solo en ciertos casos.
- Obligatorio mantener activa la e.firma y emitir CFDI por todos los ingresos.
¿Conviene tributar en RESICO?
El RESICO conviene a la mayoría de emprendedores y profesionistas independientes que facturan dentro del límite, porque pagan mucho menos ISR que en el Régimen de Actividades Empresariales. Sin embargo, al no permitir deducciones, no siempre es la mejor opción para negocios con gastos muy altos; conviene comparar con un contador antes de elegirlo.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el RESICO?
El RESICO es el Régimen Simplificado de Confianza, un régimen fiscal creado en 2022 para que personas físicas con actividad empresarial, profesional o de arrendamiento paguen menos ISR con una contabilidad más sencilla, siempre que no rebasen los 3.5 millones de pesos de ingresos al año.
¿Cuánto se paga de impuestos en RESICO?
En RESICO el ISR se calcula con tasas reducidas que van del 1% al 2.5% según el nivel de ingresos, aplicadas directamente sobre los ingresos cobrados (sin deducciones). El SAT precarga los pagos con base en tus CFDI.
¿Quién puede tributar en RESICO?
Personas físicas con ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos por actividad empresarial, servicios profesionales o arrendamiento. Hay excepciones: socios, accionistas y quienes reciben ciertos ingresos no pueden tributar en RESICO.
