Complemento de Pago
El complemento de pago es un CFDI que se emite cuando el pago de una factura se realiza en una fecha posterior a su emisión. Es obligatorio para registrar pagos diferidos o en parcialidades.
¿Qué es el complemento de pago?
El complemento de pago es un tipo de CFDI que sirve para dejar constancia de que una factura emitida a crédito ya fue pagada. Cuando una operación no se liquida en el momento de facturar, el comprobante original se emite con el método de pago PPD (Pago en Parcialidades o Diferido); después, conforme se reciben los pagos, se emite un complemento de pago por cada uno.
Cómo funciona el complemento de pago
El complemento de pago evita la duplicidad de ingresos y permite al SAT saber cuándo se cobró realmente una factura. Sus puntos clave son:
- Aplica solo a facturas con método de pago PPD.
- Se emite por cada pago o parcialidad recibida.
- Registra el monto pagado, la fecha y la forma de pago.
- Se relaciona con el folio fiscal (UUID) de la factura original.
- Debe emitirse antes del quinto día del mes siguiente al pago.
El complemento de pago en tu negocio
Para los negocios que venden a crédito, llevar el control de los complementos de pago es esencial: cada cobro debe reflejarse con su comprobante para mantener la contabilidad cuadrada y evitar diferencias ante el SAT. Un sistema de facturación que vincule automáticamente los pagos con sus facturas reduce errores y trabajo manual.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el complemento de pago?
El complemento de pago (o CFDI con complemento para recepción de pagos, REP) es una factura que acredita que se recibió el pago de una operación cobrada a crédito o en parcialidades. Documenta cuándo y cómo se liquidó una factura emitida previamente bajo el método "Pago en Parcialidades o Diferido" (PPD).
¿Cuándo debo emitir un complemento de pago?
Cuando emites una factura con método de pago PPD (no pagada al momento). Cada vez que recibes un abono o el pago total, debes emitir el complemento de pago correspondiente. Si la factura se paga de inmediato (método PUE), no se requiere.
¿Cuál es el plazo para emitir el complemento de pago?
Debe emitirse a más tardar el quinto día natural del mes siguiente a aquel en que se recibió el pago. No emitirlo o hacerlo tarde puede generar discrepancias fiscales y sanciones del SAT.
