septiembre de 2024
Régimen RESICO: quién puede tributar y cuánto paga de ISR

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es una modalidad fiscal creada en 2022 pensada para simplificar el pago de impuestos de personas físicas y morales con ingresos moderados.
Quién puede tributar en RESICO
Pueden inscribirse las personas físicas que obtengan ingresos por actividad empresarial, por prestación de servicios profesionales o por arrendamiento de inmuebles, siempre que la suma de esos ingresos en el año no rebase 3.5 millones de pesos, conforme al artículo 113-E de la Ley del ISR. El límite se evalúa sobre el total de ingresos del contribuyente, no por cada actividad por separado. El SAT describe este régimen en su página del Régimen Simplificado de Confianza.
No pueden tributar en RESICO quienes sean socios, accionistas o integrantes de personas morales, o quienes tengan vinculación con partes relacionadas cuando esa relación las haga tributar en el régimen general de las personas morales. Tampoco aplica a residentes en el extranjero con establecimiento permanente en México, ni, en ciertos casos, a quienes obtienen ingresos a través de plataformas tecnológicas y ya tributan bajo ese esquema específico. Si tienes dudas sobre tu caso particular, conviene revisarlo con tu contador antes de darte de alta.
Cómo se calcula el ISR: sobre lo cobrado, sin deducciones
La ventaja central de RESICO es que el ISR se calcula aplicando una tasa que va del 1% al 2.5% directamente sobre los ingresos efectivamente cobrados en el periodo, sin restar deducciones. Esto simplifica el cálculo mensual, pero también significa que los gastos del negocio no reducen la base del impuesto como sí ocurre en el régimen general. La tasa exacta que corresponde a cada rango de ingresos cambia periódicamente, así que conviene siempre consultar la tarifa vigente publicada por el SAT en lugar de asumir un porcentaje fijo.
Las obligaciones que suelen pasarse por alto
RESICO no exime de presentar declaraciones. Debes presentar tu declaración mensual, que en este régimen normalmente tiene el carácter de pago definitivo, y además tu declaración anual, donde se acumulan los ingresos del ejercicio. Dejar de presentar dos o más declaraciones mensuales consecutivas, o de forma alternada dentro de un plazo determinado por el SAT, puede hacer que te reubiquen automáticamente en el régimen general de actividad empresarial, perdiendo la tasa reducida sin previo aviso.
También es indispensable mantener vigente tu e.firma, ya que se usa para presentar declaraciones y para trámites ante el buzón tributario que RESICO no elimina. Si tus ingresos anuales superan el tope de 3.5 millones de pesos en cualquier momento del ejercicio, el SAT te reubica en el régimen general de personas físicas con actividad empresarial y profesional, con la tarifa progresiva de ISR que aplica ahí en lugar de la tasa reducida.
Qué revisar antes de decidirte por RESICO
Antes de inscribirte, compara cuánto pagarías en RESICO frente al régimen general considerando tus deducciones reales: si tu negocio tiene gastos deducibles altos, el régimen general con deducciones puede resultar más conveniente que pagar sobre el ingreso bruto. Llevar un registro ordenado de cobros, no solo de facturas emitidas, es clave para no exceder el límite de ingresos sin darte cuenta.
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