Régimen fiscal: qué es, cuál es el tuyo y tipos (SAT)

El régimen fiscal es el conjunto de reglas con las que una persona o una empresa paga impuestos ante el SAT: define qué impuestos le tocan, cómo los calcula, qué declaraciones presenta y qué facturas puede emitir. En México cada contribuyente tributa en uno o varios regímenes según el origen de sus ingresos (un sueldo, un negocio, una renta) y según sea persona física o persona moral.
Los regímenes salen de la Ley del ISR, y el SAT identifica cada uno con una clave de tres dígitos en el catálogo c_RegimenFiscal del CFDI 4.0, que hoy tiene 19 claves, de la 601 a la 626. Aquí verás qué significa el término, cómo saber cuál es tu régimen fiscal y qué es cada clave. Es orientación general, no asesoría fiscal.
Qué es el régimen fiscal y para qué sirve
La Ley del ISR no cobra igual todos los ingresos. Separa a las personas morales (Título II), a las personas morales con fines no lucrativos (Título III) y a las personas físicas (Título IV), y dentro de las personas físicas dedica un capítulo a cada tipo de ingreso: salarios, actividades empresariales y profesionales, arrendamiento, venta de bienes, intereses, premios, dividendos. Cada uno de esos apartados es un régimen fiscal.
El régimen fiscal sirve para tres cosas:
- Saber cuánto ISR pagas y cómo lo calculas: sobre tu utilidad, sobre lo que cobras o mediante la retención que te hace alguien más.
- Saber qué declaraciones presentas y cada cuándo.
- Llenar tus facturas: el Código Fiscal de la Federación (artículo 29-A, fracción I) pide que todo CFDI lleve "el régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta" de quien lo expide.
Régimen tributario significa lo mismo. Es la expresión habitual en otros países de habla hispana; en México la ley y el SAT dicen régimen fiscal, y así aparece en tu factura.
La situación fiscal es algo más amplio: el conjunto de tus datos ante el SAT (RFC, domicilio fiscal, actividades económicas, regímenes y obligaciones). El régimen es una parte de ella.
Cuál es mi régimen fiscal: cómo saberlo
Tu régimen fiscal es el que el SAT tiene registrado en tu RFC, no el que tú creas que te corresponde. Hay tres formas de consultarlo:
- En tu Constancia de Situación Fiscal. Se descarga en el trámite de Constancia de Situación Fiscal del SAT con tu RFC y Contraseña o con tu e.firma. La sección "Regímenes" lista cada régimen en el que estás inscrito y la fecha en que empezó.
- En tu Cédula de Identificación Fiscal: su código QR lleva a la consulta en línea de tus datos vigentes.
- En una factura que hayas emitido: el régimen del emisor aparece en el CFDI con su clave, por ejemplo 612 o 626.
La clave de cada régimen está en el catálogo c_RegimenFiscal, que el SAT publica con los demás catálogos del CFDI en su página del Anexo 20, y en las listas de abajo.
Si en tu Constancia aparecen dos o más regímenes, no es un error: una persona puede estar en Sueldos y Salarios por su empleo y en otro régimen por un negocio o una renta. El artículo 113-E de la Ley del ISR, por ejemplo, permite estar en el Régimen Simplificado de Confianza y además recibir salarios e intereses, si el total no rebasa el límite del régimen.
Cuántos regímenes fiscales existen
El catálogo c_RegimenFiscal vigente tiene 19 claves: 11 exclusivas de personas físicas, 6 exclusivas de personas morales y 2 que sirven para ambas. El tipo de persona se reconoce por el RFC: 13 caracteres es persona física y 12 es persona moral.
Regímenes fiscales para personas físicas
Estas son las claves para una persona física, con su descripción oficial y el ingreso que cubren:
- 605, Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios: lo que recibes por trabajar para un patrón (Título IV, Capítulo I). El patrón te retiene el ISR y te entrega el CFDI de nómina; tú no facturas tu sueldo.
- 606, Arrendamiento: ingresos por rentar inmuebles, como una casa, un local o un terreno (Capítulo III).
- 607, Régimen de Enajenación o Adquisición de Bienes: la venta de un bien, por ejemplo una casa, o la adquisición de bienes que la ley grava (Capítulos IV y V).
- 608, Demás ingresos: los que no caben en ningún otro capítulo, como una deuda que te perdona el acreedor (Capítulo IX).
- 611, Ingresos por Dividendos (socios y accionistas): utilidades que te reparte una sociedad de la que eres socio (Capítulo VIII).
- 612, Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales: negocios propios y honorarios, sin tope de ingresos y con derecho a restar gastos deducibles (Capítulo II, Sección I).
- 614, Ingresos por intereses: rendimientos de inversiones y cuentas (Capítulo VI).
- 615, Régimen de los ingresos por obtención de premios: premios como los de sorteos o concursos (Capítulo VII).
- 616, Sin obligaciones fiscales: no corresponde a un capítulo de la ley. En la factura es la clave obligatoria del receptor cuando se usa un RFC genérico, es decir, público en general o cliente extranjero.
- 621, Incorporación Fiscal: el antiguo RIF, que ya no admite altas (se explica más abajo).
- 625, Régimen de las Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas: ventas o servicios a través de aplicaciones y plataformas de Internet, donde la plataforma te retiene el ISR (Capítulo II, Sección III, artículo 113-A).
Regímenes fiscales para personas morales
Estas son las claves exclusivas de las sociedades y asociaciones:
- 601, General de Ley Personas Morales: el régimen por defecto de una empresa, por ejemplo una S.A. de C.V. o una S. de R.L. Paga ISR con la tasa del 30% sobre su resultado fiscal (Título II, artículo 9).
- 603, Personas Morales con Fines no Lucrativos: sindicatos, cámaras de comercio, colegios de profesionales y las demás figuras que el artículo 79 no considera contribuyentes del ISR (Título III).
- 620, Sociedades Cooperativas de Producción que optan por diferir sus ingresos: cooperativas formadas solo por socios personas físicas (artículo 194).
- 622, Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras: personas morales dedicadas exclusivamente a esas actividades (artículo 74).
- 623, Opcional para Grupos de Sociedades: grupos con una sociedad integradora y sus integradas, con autorización del SAT (artículo 59).
- 624, Coordinados: personas morales que administran activos del autotransporte terrestre de carga o de pasajeros (artículo 72).
Regímenes para ambos tipos de persona: 610 y 626
- 610, Residentes en el Extranjero sin Establecimiento Permanente en México: personas o empresas de otro país con ingresos de fuente mexicana (Título V).
- 626, Régimen Simplificado de Confianza: el RESICO. Para personas físicas con actividad empresarial, profesional o de arrendamiento cuyos ingresos no rebasen 3.5 millones de pesos al año (artículo 113-E), y para personas morales constituidas únicamente por personas físicas con ingresos de hasta 35 millones de pesos (artículo 206).
En el RESICO de personas físicas el ISR se paga cada mes sobre lo efectivamente cobrado, sin deducciones, con una tasa de 1% a 2.5% según la tabla del artículo 113-E. Un ejemplo: con 40,000 pesos cobrados en el mes, sin IVA, la tabla marca 1.10% y el pago es de 440 pesos. El detalle está en la guía del régimen RESICO y en la página del SAT sobre el Régimen Simplificado de Confianza.
Qué es el RIF y por qué ya casi no se ve
El RIF es el Régimen de Incorporación Fiscal, la clave 621: el régimen de los pequeños negocios hasta 2021. La reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2021 lo derogó y creó el RESICO en su lugar.
La clave 621 sigue en el catálogo porque un artículo transitorio permitió a quienes tributaban en el RIF al 31 de agosto de 2021 quedarse el plazo de permanencia que les restaba, si avisaban al SAT a más tardar el 31 de enero de 2022. Hoy nadie puede darse de alta en el RIF.
Régimen fiscal y actividad económica no son lo mismo
La actividad económica es lo que haces: vender ropa, dar consultoría, rentar un local. El régimen fiscal es la regla con la que pagas impuestos por ese ingreso. Un diseñador, por ejemplo, puede tributar en el 612 o en el 626.
Las dos cosas deben ser coherentes con lo que facturas. El artículo 29-A, fracción V, del Código Fiscal de la Federación prevé que, si lo que describes en tus CFDI no coincide con la actividad económica que tienes registrada, el SAT actualizará tus actividades y obligaciones "al régimen fiscal que le corresponda".
Qué régimen fiscal necesito para facturar
No existe un régimen especial para facturar. Necesitas estar inscrito en el régimen que corresponde al ingreso que vas a cobrar: 612 o 626 si vendes o prestas servicios por tu cuenta, 606 si rentas un inmueble, 625 si vendes a través de plataformas, 601 o 626 si facturas como empresa. Con el régimen 605 solo recibes tu recibo de nómina; no ampara las ventas de un negocio.
Si apenas empiezas, el régimen se define al inscribirte en el RFC y declarar tu actividad. El paso a paso está en la guía para dar de alta tu negocio en Hacienda.
Cada CFDI 4.0 lleva dos regímenes: el tuyo como emisor y el de tu cliente como receptor. El de tu cliente se toma de su Constancia y debe corresponder con su tipo de persona; si a un RFC de 13 caracteres le pones la clave 601, el PAC rechaza el timbrado con el error CFDI40158.
Cuánto ISR se paga según el régimen
El porcentaje de ISR depende del régimen:
- Personas morales del régimen general (601): tasa del 30% sobre el resultado fiscal (artículo 9).
- Personas físicas en regímenes como el 605, el 606 o el 612: tarifa progresiva del artículo 152, que sube conforme sube el ingreso.
- RESICO de personas físicas (626): de 1% a 2.5% sobre lo cobrado, sin deducciones (artículo 113-E).
Cómo elegir régimen y cómo cambiarlo
El régimen no se elige libremente: lo determina de dónde viene tu ingreso. La elección real suele darse en una persona física con negocio, entre el 612 y el 626. Una empresa no elige: el artículo 206 obliga a tributar en el 626 a las personas morales que cumplen sus requisitos, y las demás van al 601 o a un régimen especial. Como el RESICO de personas físicas no admite deducciones, un negocio con muchos gastos deducibles puede pagar menos en el 612 aunque su tarifa sea más alta. Haz la cuenta con tus números o con un contador.
Si tu actividad o tus ingresos cambian, el régimen se actualiza con un aviso al SAT. El trámite está en la guía de cambio de régimen fiscal.
Cretia no es un PAC: prepara tus facturas y las envía a certificar con un PAC autorizado por el SAT. En el módulo de facturación guardas el régimen fiscal de cada cliente junto con su RFC y su código postal, y al facturar solo ves los usos de CFDI válidos para ese régimen.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el régimen fiscal?
Es el conjunto de reglas con las que una persona o empresa paga impuestos ante el SAT. Define cómo se calcula su ISR, qué declaraciones presenta y qué clave lleva en sus facturas. Régimen tributario significa lo mismo.
¿Cuál es mi régimen fiscal y cómo lo consulto?
El que aparece en la sección "Regímenes" de tu Constancia de Situación Fiscal, que se descarga en el portal del SAT con tu RFC y Contraseña o con tu e.firma. También aparece, con su clave, en las facturas que emites.
¿Cuántos regímenes fiscales existen en México?
El catálogo c_RegimenFiscal del CFDI 4.0 tiene 19 claves: 11 exclusivas de personas físicas, 6 exclusivas de personas morales y 2 (la 610 y la 626) que sirven para ambas.
¿Qué es el régimen fiscal 601?
Es el régimen General de Ley Personas Morales, el régimen por defecto de una empresa. Paga ISR con la tasa del 30% sobre su resultado fiscal (artículo 9 de la Ley del ISR) y solo puede usarse con un RFC de 12 caracteres.
¿Qué es el RIF y sigue vigente?
El RIF era el Régimen de Incorporación Fiscal, clave 621. Se derogó con la reforma publicada el 12 de noviembre de 2021 y lo sustituyó el RESICO. Solo permanecen en él quienes ya tributaban ahí y avisaron al SAT que continuarían.
¿Qué régimen fiscal necesito para facturar?
El que corresponde al ingreso que vas a cobrar: 612 o 626 si vendes o prestas servicios por tu cuenta, 606 si rentas un inmueble, 625 si vendes por plataformas, 601 o 626 si facturas como empresa. No hay un régimen especial para facturar.
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